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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dado a conocer este lunes 21 de octubre su sentencia sobre la 'doctrina Parot' y ha confirmado su condena a España por aplicarla a la terrorista de ETA.
Pero, ¿qué es la 'doctrina Parot'?
Esta doctrina la estableció el Tribunal Supremo en 2006 para evitar que
los terroristas condenados conforme al Código Penal de 1973 por
atentados cometidos entre 1977 y 1995, pudieran salir de prisión antes
de cumplir la pena máxima de 30 años gracias a los beneficios
penitenciarios.
Estrasburgo condenó a España por su aplicación retroactiva a la etarra Inés del Río en julio de 2012 por vulnerar el Convenio Europeo de Derechos Humanos. El Gobierno recurrió la sentencia
y defendió la 'doctrina Parot' el pasado mes de marzo ante el tribunal,
que ahora se ha pronunciado de nuevo y ha emitido un fallo reafirmando
su decisión anterior.
Ahora, decenas de presos podrían pedir la
revisión de su condena. Según los datos del Ministerio del Interior, en
los próximos meses podrían salir de prisión 61 presos de ETA como Domingo Troitiño -condenado por el atentado de Hipercor-, y 15 delincuentes "muy peligrosos" como el asesino de las niñas de Alcasser Miguel Ricart. En
una segunda fase que se prolongaría a lo largo de los próximos años,
podrían salir de la cárcel otros 75 terroristas, según las mismas
fuentes.
El
Tribunal Supremo endureció el cumplimiento de las penas de los
terroristas condenados conforme al Código Penal de 1973 el 28 de febrero
de 2006 cuando evitó la puesta en libertad del terrorista Henri Parot.
Este
Código Penal establecía un día de redención por cada dos de trabajo de
forma que terroristas condenados a cientos de años de prisión podían
salir de la cárcel sin apenas haber cumplido 20 años al descontarse los
beneficios de la pena máxima de prisión, fijada entonces en de 30 años.
El alto tribunal estableció en su sentencia 197/2006 que las redenciones de la pena por beneficios penitenciarios como el trabajo no debían descontarse de estos 30 años, sino de cada una de las condenas impuestas que se van cumpliendo sucesivamente empezando por la de mayor cuantía.
El
Supremo evitó así que Henri Parot -condenado por el atentado de la casa
cuartel de Zaragoza, en el que murieron 11 personas- saliera de prisión
tras haber cumplido solo 16 años de cárcel.
Esta interpretación
en el cómputo de las redenciones de pena garantizaba que los terroristas
más sanguinarios y los delincuentes más peligrosos cumplieran al menos
tres décadas de prisión.
El Tribunal Constitucional avaló la 'doctrina Parot' en marzo de 2012, cuando se pronunció sobre una treintena de recursos presentados en su mayoría por presos de ETA. Solo estimó el amparo de tres terroristas
a los que pidió excarcelar: José Ignacio Gaztañaga Bidaurreta, Juan
María Igaratundi Peñagaricano y José María Pérez Díaz. Inadmitió otros
tres recursos y desestimó el resto.
El TC no se pronunció sobre
el fondo del asunto (la constitucionalidad o no de la 'doctrina Parot')
sino que analizó caso por caso. No obstante, cinco magistrados emitieron un voto discrepante al entender que la 'doctrina Parot' carece de lógica y de base legal y además lesiona el derecho fundamental a la libertad.
En julio de 2012, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España por aplicar retroactivamente la 'doctrina Parot' a
la etarra Inés del Río. Impuso una sanción de 30.000 euros e instó a
las autoridades españolas a dejarla en libertad en el "plazo más breve"
posible porque mantenerla en la cárcel es "irregular".
Inés del Río, condenada a más de 3.000 años de cárcel
por atentados como el de la plaza República Dominicana en Madrid en
1986 en el que murieron 12 guardias civiles, tenía que haber salido de
prisión en julio de 2008, pero con la aplicación de Parot esta fecha se
retrasó a 2017.
El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, dijo antes de conocer el fallo que habrá que "examinar en cada caso concreto" los efectos de la sentencia del TEDH de este lunes 21 de octubre sobre Inés del Río.
El
Tribunal de Estrasburgo se ha pronunciado solo sobre este caso concreto
y no ha establecido una decisión al resto de 76 presos cuyo
encarcelamiento se ha prolongado por aplicaicón de la 'doctrina Parot'.
En cualquier caso, Torres-Dulce ve "lógico" que los tribunales españoles apliquen la "doctrina" que emane de la sentencia de Estrasburgo puesto que nuestro país es firmante del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Por
su parte, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha remarcado
al poco de conocer la sentencia que esta "se refiere a una sola persona
y afecta a un solo acto jurisdiccional" y que corresponde "exclusivamente" a la Audiencia Nacional establecer las "consecuencias prácticas" de la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
La sentencia del Tribunal europeo afecta a la situación penal de más de 130 terroristas y 15 delincuentes peligrosos.
Según Interior, podría haber dos fases de excarcelaciones. Una primera,
que se desarrollaría en los primeros meses y que afectaría a presos que
deberían haber salido ya de prisión si no se les hubiera aplicado la
'doctrina Parot'.
Son 61 miembros de ETA, 6 GRAPO, un GAL, un miembro del Ejército del Pueblo Gallego y
15 delincuentes peligrosos, entre ellos violadores. En una segunda
fase, que se prolongaría durante años, podrían salir de la cárcel otros
75 etarras.
Entre los terroristas que se podrían ver afectados
por la sentencia de Estrasburgo, está Domingo Troitiño, Antonio López
Ruiz, alias Kubati, Santiago Arrospide Sarasola, Santi Potros, y el propio Henry Parot.
Entre los delincuentes comunes a los que se les ha aplicado la doctrina Parot están Miquel Ricart, asesino de Alcasser, y Pedro Luis Gallego, conocido como el violador del ascensor.
Sin opinión alguna al respecto.
Feliz Lunes de libertades e injusticias.